Profesor de Derecho recibe título de Magister |
Miércoles, 07 de Octubre de 2015
El trabajo de investigación contiene un análisis sobre el artículo 18 del Código Procesal Civil Paraguayo, que se encuentra comprometida la constitucionalidad del mismo, ya que en él se establecen una serie de facultades ordenatorias e instructorias por las cuales el juez puede ordenar la producción de pruebas de oficio. Es decir, ese tercero imparcial que participa dentro del proceso posee la facultad realizar actividad probatoria que corresponde genuinamente a las partes teniendo en cuenta los Principios de Derecho a la Defensa y el Principio de Igualdad de Partes en un Debido Proceso, establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional del Paraguay del año 1992. ¡Muchas felicidades profesor!
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